Auto Supremo AS/0868/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0868/2016

Fecha: 25-Jul-2016

La jurisprudencia nacional, sostiene que los fallos de instancia deben ser congruentes, motivados y fundamentados

La jurisprudencia nacional, sostiene que los fallos de instancia deben ser congruentes, motivados y fundamentados con relación a las pretensiones de las partes y no deben carecer de sustento jurídico material y por consiguiente, resulta procedente la nulidad cuando el Auto recurrido no se hubiese pronunciado sobre alguna o todas las pretensiones expuestas en la alzada; pues, debe existir congruencia entre el Auto de Vista y la expresión de agravios por ser ella la que marca y delimita la competencia del Tribunal, quien no puede apartarse de los términos en que quedó planteado el recurso de apelación, caso contrario esa Resolución se encuentra viciada de nulidad, al incumplir las previsiones del artículo 236 del Código Procedimiento Civil como se señaló; existiendo la anterior constatación conforme reclaman en casación los recurrentes, la adecuación a lo previsto en la causal 4) del art. 254 de la norma adjetiva civil señalada tantas veces