Señala que existe improcedencia por falta de fundamentación aludiendo al art
De la respuesta al recurso de casación:
Señala que existe improcedencia por falta de fundamentación aludiendo al art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, que el memorial de contrario fuera una simple relación de antecedentes y transcripciones breves, sin especificar en que consistirían la violación, falsedad o error en el que se hubiera incurrido y otros aspectos que no podrían abrir la competencia del Tribunal Supremo, que el recurso debe contener los fundamentos que demuestren la indebida aplicación, sea in procedendo o in judicando, transcribe el entendimiento de un Auto Supremo del cual extracta los requisitos que debe contener un recurso como el formulado, que en el presentado por su contrario no contendría, lo cual evidenciaría la improcedencia del inexistente recurso determinaría que la competencia del superior no se abra, debiendo dice con ellos declararse la ejecutoria del Auto de Vista
Señala que existe improcedencia por falta de fundamentación aludiendo al art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, que el memorial de contrario fuera una simple relación de antecedentes y transcripciones breves, sin especificar en que consistirían la violación, falsedad o error en el que se hubiera incurrido y otros aspectos que no podrían abrir la competencia del Tribunal Supremo, que el recurso debe contener los fundamentos que demuestren la indebida aplicación, sea in procedendo o in judicando, transcribe el entendimiento de un Auto Supremo del cual extracta los requisitos que debe contener un recurso como el formulado, que en el presentado por su contrario no contendría, lo cual evidenciaría la improcedencia del inexistente recurso determinaría que la competencia del superior no se abra, debiendo dice con ellos declararse la ejecutoria del Auto de Vista
- Alvarado Puma y
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Mario Alvarado Puma y María
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1
- 2
- Este aspecto de fondo no fuera resuelta por el Ad quem y quebrantado el art
- 3
- Por lo que el Auto de Vista incurriría en la causal contenida en el art
- Señala que existe improcedencia por falta de fundamentación aludiendo al art
- En el eventual caso de no negar la concesión del recurso, refiere pronunciarse sobre el
- En relación al segundo punto, y que el Auto de Vista no se habría pronunciado
- Pertinencia del Auto de Vista o Resolución de segunda instancia
- Por otro lado en relación al principio de congruencia se razonó entre otros en
- Para efectos de la resolución, es preciso tomar en cuenta además lo determinado por el
- El recurrente plantea tanto recurso de casación en la forma como en el fondo, correspondiendo
- La jurisprudencia nacional, sostiene que los fallos de instancia deben ser congruentes, motivados y fundamentados
- Consecuentemente corresponderá fallar por la nulidad del Auto de Vista
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- En cumplimiento a lo previsto por el artículo 17
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
