Indican que las tres observaciones realizadas por el Ad-quem, se tratarían de aspectos de fondo
En cuanto a la observación consignado en el punto 3), señalan que al no encontrarse fundamentado, no se entiende cual es el defecto atribuido por el Ad-quem, si se trata de un requisito de formación o de validez del contrato.
Indican que las tres observaciones realizadas por el Ad-quem, se tratarían de aspectos de fondo que no se encuentran debidamente fundamentados, habiendo anulando la sentencia realizando consideraciones de fondo extrañando la incorrecta valoración de la prueba y falta de aportación de elementos probatorios sin tomar en cuenta los principios de especificidad o legalidad, trascendencia y convalidación, otorgando más de lo pedido, ya que el demandado no habría hecho referencia a ninguno de los tres aspectos mencionados, ni mucho menos solicitó la anulación de la Sentencia
Indican que las tres observaciones realizadas por el Ad-quem, se tratarían de aspectos de fondo que no se encuentran debidamente fundamentados, habiendo anulando la sentencia realizando consideraciones de fondo extrañando la incorrecta valoración de la prueba y falta de aportación de elementos probatorios sin tomar en cuenta los principios de especificidad o legalidad, trascendencia y convalidación, otorgando más de lo pedido, ya que el demandado no habría hecho referencia a ninguno de los tres aspectos mencionados, ni mucho menos solicitó la anulación de la Sentencia
- Copatiti, Francisco Isla
- Proceso: Ordinario, reivindicación de inmueble
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I
- En contra del referido Auto de Vista, los demandantes interpusieron recurso de casación únicamente en
- II.- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Con relación a la observación del punto 1) indican que mediante la inspección judicial lograron
- Acusan al Tribunal que no habría señalado cual sería el derecho vulnerado en caso de
- Con relación al punto 2) indican que el Tribunal no analizó el documento de propiedad,
- Indican que las tres observaciones realizadas por el Ad-quem, se tratarían de aspectos de fondo
- III.- DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- “Si bien los Tribunales deben, conforme dispone el art
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En cuanto al segundo aspecto, que la Escritura Pública Nº 252/2011 solo consignaría como propietario
- Finalmente, el Ad-quem haciendo referencia a la facultad de revisar de oficio los procesos, indica
- Por otra parte el Tribunal de apelación no toma en cuenta los principios que rigen
- Sin responsabilidad por considerarse error excusable
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
