Auto Supremo AS/0628/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0628/2016-RRC

Fecha: 23-Ago-2016

Ahora bien, en el caso presente el acusador particular argumenta que no obstante haber demostrado


Ahora bien, en el caso presente el acusador particular argumenta que no obstante haber demostrado en juicio oral, público y contradictorio con prueba plena, la autoría del imputado en la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, siendo inclusive que la doctrina legal aplicable estableció que dicha conducta se subsume a los tipos penales referidos; el Auto de Vista recurrido dispuso la anulación de la Sentencia y repuso el juicio, bajo el argumento que no se habrían cumplido todos los elementos constitutivos de los tipos penales atribuidos, dado que la Apropiación Indebida está condicionada al provecho para sí o un tercero, circunstancia que no se hubiera dado cumplimiento, tomando en cuenta que el acusado formaría parte de la Sociedad y de similar forma en cuanto al Abuso de Confianza, respecto del cual se señaló que no se demostró el daño ocasionado, más al contrario: “este delito menciona de retener como dueño lo recibido por título posesorio, siendo que el acusado formaría parte de la sociedad” (sic), puesto que la víctima OSMAN SRL es una persona jurídica representada por Oscar Cruz Llanos; respecto a lo cual el recurrente refiere que si el imputado es o no socio de la misma y si tiene un porcentaje de cuotas de capital en ella, es totalmente irrelevante, habida cuenta que el único que puede tomar decisiones sobre la administración y disposición de bienes de la sociedad es su administrador; es más, cualquier división de la sociedad, debe hacérsela en Asamblea de Socios y no arbitrariamente como lo hizo el procesado