La jurisprudencia constitucional también se ha referido al tema en cuestión, así en la SC
Señaló también que la nulidad procesal debe ser considerada como una excepción de última ratio que se encuentra limitada por determinados principios, entre estos el de especificidad, trascendencia, finalidad del acto, convalidación, preclusión, etc.; frente a esa situación, la nulidad procesal solo puede ser decretada cuando no existe ninguna otra posibilidad de salvar el proceso.
La jurisprudencia constitucional también se ha referido al tema en cuestión, así en la SC 0731/2010-R de 26 de julio puso énfasis en los principios que rigen las nulidades procesales como ser: El principio de especificidad o legalidad, finalidad del acto, trascendencia, convalidación y principio de preclusión, desarrollando de manera amplia cada uno de dichos principios; criterio jurisprudencial que fue reiterado en la SCP Nº 0876/2012 de 20 de agosto y complementado a su vez en la SCP 0376/2015-S1 de 21 de abril, agregándose en esta última los presupuestos específicos para la procedencia de la nulidad de los actos procesales
La jurisprudencia constitucional también se ha referido al tema en cuestión, así en la SC 0731/2010-R de 26 de julio puso énfasis en los principios que rigen las nulidades procesales como ser: El principio de especificidad o legalidad, finalidad del acto, trascendencia, convalidación y principio de preclusión, desarrollando de manera amplia cada uno de dichos principios; criterio jurisprudencial que fue reiterado en la SCP Nº 0876/2012 de 20 de agosto y complementado a su vez en la SCP 0376/2015-S1 de 21 de abril, agregándose en esta última los presupuestos específicos para la procedencia de la nulidad de los actos procesales
- Distrito: La Paz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- I
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
- Critica al Tribunal superior de no haber dado muestras de una buena administración de justicia
- III.- DE LA DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Este Tribunal en el Auto Supremo Nº 78/2014 de 17 de marzo, realizando una interpretación
- La jurisprudencia constitucional también se ha referido al tema en cuestión, así en la SC
- “Si bien los Tribunales deben, conforme dispone el art
- La SCP 1662/2012 de 01 de octubre en el Punto III
- Sobre la justicia material frente a la formal, en la SC 2769/2010-R de 10 de
- 'Lo que persigue el principio de prevalencia del derecho sustancial es el reconocimiento de que
- En efecto, el derecho procesal también constituye una garantía democrática del Estado de Derecho para
- III
- Como se podrá advertir, los argumentos del Ad-quem, fundamentalmente se encuentran orientados a cuestionar el
- Por otra parte la recurrente, acusa la violación del art
- El instituto de la nulidad procesal en materia civil, no solamente se encuentra reglado por
- En el caso presente y como se tiene indicado anteriormente, así también lo señala la
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
