Auto Supremo AS/1023/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1023/2016

Fecha: 24-Ago-2016

Conforme la doctrina aplicable en el punto III

Conforme la doctrina aplicable en el punto III.1.- la congruencia marca el ámbito de contenido de la resolución a dictarse en apelación, pues estipula que la misma, deberá circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el inferior y que además hubiesen sido objeto de apelación y fundamentación, de manera que el Juez o Tribunal Ad quem, no puede omitir pronunciarse sobre los puntos apelados como tampoco ir más allá de lo pedido, en ese marco de la revisión del Auto de Vista impugnado en el considerando III expone: que el Auto de Vista se pronunciará dentro del marco de los puntos resueltos por el Juez inferior y que hubiesen sido objeto del recurso de apelación, en ese sentido realizó un análisis de la figura jurídica de la usucapión, continuando luego con el análisis respecto a la sucesión hereditaria y la herencia para luego culminar en la conclusión de que el bien del cual se pretende la usucapión resulta ser un bien hereditario, y que las partes demandante, demandadas y terceristas tienen la calidad de herederos