Auto Supremo AS/0699/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0699/2016-RRC

Fecha: 16-Sep-2016

II.2. De la apelación restringida


iii) El art. 49 de la Ley 1008 en su segundo párrafo, establece que si la tenencia fuera mayor a la cantidad mínima caerá en la tipificación del art. 48 de la referida norma, lo que permite concluir al Tribunal de Sentencia que el conjunto de pruebas aportadas por el Ministerio Público, no pueden ser suficientes para establecer la concurrencia del tráfico de sustancias controladas en el acusado, habida cuenta las circunstancias en las que se suscitó el hecho donde el imputado es aprehendido con una cantidad de veintitrés gramos de marihuana; con la cual, según el imputado lograba hacer hasta cinco envoltorios tipo cigarro para fumar, aspecto que resulta lógico si se toma en cuenta los antecedentes del imputado en audiencia, referidos a su internación de un centro de rehabilitación en Riberalta, situación plenamente acreditada.

II.2. De la apelación restringida