Auto Supremo AS/0699/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0699/2016-RRC

Fecha: 16-Sep-2016

“La pena se constituye en un factor de cohesión del sistema político-social, gracias a su


Respecto del presente motivo invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 50 de 27 de enero de 2007, que fue dictado dentro de un proceso penal por la presunta comisión de los delitos de Lesiones Gravísimas, Graves y Leves, en el que se advirtió que el Tribunal de Sentencia, a tiempo de fijar la pena consideró los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP; empero, omitió tener presente el número de imputados, las circunstancias del hecho y en consecuencia considerar la previsión del art. 272 con relación al art. 259 del CP, situación que conforme previene el art. 413 del Código adjetivo de la materia, pudo ser directamente subsanada por el Tribunal de alzada, máxime si se encontró plenamente acreditado que la lesión causada en la víctima y querellante, no resultaba irreversible y podía ser corregida mediante un procedimiento quirúrgico; por lo que, correspondió dejar sin efecto dicho Auto de Vista y establecer la siguiente doctrina legal aplicable:

“La pena se constituye en un factor de cohesión del sistema político-social, gracias a su capacidad de restaurar la confianza colectiva en la seguridad jurídica y la paz social que brinda el ordenamiento legal, renueva la fidelidad de los ciudadanos hacia las instituciones y margina cualquier contraproyecto de sociedad, o lo que es lo mismo, garantizar la constitución de la sociedad