Auto Supremo AS/0724/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0724/2016-RRC

Fecha: 19-Sep-2016

“Ahora bien, debe tenerse en cuenta que en el concurso real, en el caso boliviano


III.1. Del precedente invocado.

Conforme se destacó en el preámbulo del presente acápite, se tiene que en el presente recurso se denunció y admitió una sola temática; por lo que, se pasa a analizar la misma a partir de la identificación del precedente invocado por el recurrente.

El recurrente invoca el Auto Supremo 343/2015-RRC del 3 de junio, dictado dentro del presente proceso, que dejó sin efecto el Auto de Vista emitido por el Tribunal de alzada con anterioridad, al evidenciarse que incurrió en vulneración del art. 399 del CPP, al no otorgar el plazo para subsanar o corregir los defectos del recurso de apelación restringida al imputado; además de ello, ingresó al fondo respecto al recurso de casación de la víctima señalando:

“Ahora bien, debe tenerse en cuenta que en el concurso real, en el caso boliviano se aplica la pena correspondiente al delito más grave, de donde se puede concluir que rige el principio de absorción, esto significa que la pena del delito más grave `absorbe´ las penas de los delitos menos graves que han entrado al concurso; sin perjuicio de la facultad reconocida al juzgador de aumentar el máximo a la mitad, introduciendo en este punto el principio de aspersión