Auto Supremo AS/0724/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0724/2016-RRC

Fecha: 19-Sep-2016

El Auto de Vista impugnado, declara procedente el recurso del imputado y anula en su


El Auto de Vista impugnado, declara procedente el recurso del imputado y anula en su integridad la Sentencia apelada, ordenando el reenvío del expediente ante otro Juez de Sentencia, de acuerdo a los siguientes argumentos:

Se tiene que la condena fue por dos delitos, de Homicidio en Accidente de Tránsito y Omisión de Socorro dentro de un Concurso real de delitos y se llega a la condena de cuatro años, pero ese entendimiento el Juez no lo expresa en la Sentencia, pues no dice cómo llega a dicha conclusión de esa pena, puesto que de la lectura de la Sentencia no se encuentra un análisis del delito de Omisión de Socorro, cómo es que el imputado a subsumido también su conducta a ese tipo penal, todo el análisis, valoración de la prueba y subsunción es del delito de Homicidio en Accidente de Tránsito, pero de ninguna manera se analiza la conducta dolosa como es la Omisión de Socorro que es un hecho posterior al accidente y está claro que para condenar por los delitos debe quedar definida que la conducta del imputado se subsume a ambos delitos, pero en la estructura de la Sentencia no se encuentra absolutamente nada que se refiera al concurso de delitos y a un análisis separado respecto del delito antes mencionado, vulnerándose así el debido proceso en su componente al derecho a la tutela judicial efectiva y a una resolución motivada, ¿pues como se le va a declarar culpable de omisión de socorro si no se le dice por qué?. Claro está que no se desconoce que se hubiere justificado la convicción por el Juez a quo del delito de Homicidio en Accidente de Tránsito; por todo ello, existe una evidente inobservancia o errónea aplicación de la Ley sustantiva, en este caso del art. 262 del CP