Auto Supremo AS/0724/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0724/2016-RRC

Fecha: 19-Sep-2016

En el caso analizado, el delito de Homicidio y Lesiones en Accidente de Tránsito tiene


En el caso analizado, el delito de Homicidio y Lesiones en Accidente de Tránsito tiene una pena de uno a dos años de reclusión cuando la muerte se produjere como consecuencia de una grave inobservancia de la ley, el código y el reglamento de tránsito que establece los deberes de cuidado del propietario, en tanto que el tipo penal de Omisión de Socorro, tiene una sanción de reclusión de uno a cuatro años. El delito más grave es de Omisión de Socorro; por lo tanto, se aplica su penalidad en la escala prevista por la norma de uno a cuatro años de reclusión, quedando absorbida la pena del delito menor, por lo que no se cuenta; debiendo enfatizarse que la norma de concurso real señala que el juez `puede´ agravar en una mitad la sanción; lo que implica, que la determinación de la agravante es facultativa, correspondiendo al juez decidir sobre la reprochabilidad del hecho, en ese caso la pena de reclusión se tiene que establecer en el rango de uno a cuatro años