Auto Supremo AS/0754/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0754/2016-RA

Fecha: 28-Sep-2016

Conforme lo señalado en el primer motivo, en esta instancia se efectúa el control eminentemente


Conforme lo señalado en el primer motivo, en esta instancia se efectúa el control eminentemente de derecho sobre el contenido y lo resuelto en el Auto de Vista cuestionado, así se desprende de lo establecido en los arts. 416 y 417 del CPP, referidos a la procedencia y requisitos indispensables que viabilicen la admisibilidad del recurso de casación, en virtud a lo cual, corresponde a quien recurre de casación, motivar en términos claros y precisos la supuesta contradicción entre los argumentos del Auto de Vista y los contenidos en el precedente contradictorio que invocó; sin embargo, de la revisión del presente agravio se establece que en su mayoría se refiere a los presuntos defectos de la Sentencia y no así del Auto de Vista del cual se limita a señalar que no se tomó en cuenta su reclamo sobre la defectuosa subsunción de los hechos; pretendiendo que este Tribunal realice su función nomofiláctica con relación a la Sentencia, no siendo esta etapa procesal reservada para ello; en todo caso, correspondía al recurrente cumplir con la carga de realizar una fundamentación de forma objetiva, identificando expresamente cuáles son los argumentos del Auto de Vista del cual se recurre y provocaron la presunta vulneración legal y no así la Sentencia de mérito; en consecuencia, puesto que no es posible legalmente, retrotraer etapas y menos utilizar un instituto jurídico desnaturalizando su verdadero alcance y objetivo; no resulta coherente, el planteamiento del presente motivo, deviniendo el mismo en inadmisible