Auto Supremo AS/0754/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0754/2016-RA

Fecha: 28-Sep-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I.ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 13/2015 de 28 de septiembre (fs. 278 a 290), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a Efraín Figueroa Argote, autor de la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis del CP, con la agravante prevista en el inc. 3) del art. 310 del CP, (antes de la vigencia de la Ley 348), imponiéndole la pena de veinte años de reclusión sin derecho a indulto. Respecto del delito de Abuso Deshonesto se emitió Sentencia absolutoria.

b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Efraín Figueroa Argote, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 296 a 305), resuelto por Auto de Vista 12/2016 de 1 de abril, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que declaró improcedente el recurso de apelación restringida.

c) Por diligencia de 19 de abril del 2016 (fs. 341), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista; y, el 26 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad