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    Auto Supremo AS/1093/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1093/2016

    Fecha: 19-Sep-2016

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    2.- Reclama que el Tribunal de segunda instancia no podía confirmar la Sentencia de primer grado, ante el supuesto que habría sido dictado por Juez que no tuviera competencia, resulta una apreciación subjetiva que no tiene respaldo probatorio alguno que pudiera considerarse como sostén de la acusación vertida, quedando por lo mismo desvirtuado la acusación realizada en este punto
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Resolución que fue apelada por Felicia Revollo Chumacero por memorial de fs
    • En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
    • Que fuera menester recordar lo referido en el art
    • Que de la revisión de antecedentes y la Sentencia, a los agravios se tuviera que
    • II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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    • Solicita que por el recurso de casación en la forma y en el fondo se
    • De los requisitos para la interposición del recurso de casación
    • La recurrente de principio refiere formular recurso de casación tanto en el fondo como en
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    • Bajo esas consideraciones corresponde emitir Resolución por el infundado
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase. Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.

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