Auto Supremo AS/1126/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1126/2016

Fecha: 23-Sep-2016

En el fondo

En el fondo:
Refiere a lo que señalaría en sus considerando el Auto de Vista, para luego señalar que incurriré en error de hecho en la valoración de la prueba, pues si bien existiría recibo de promesa de venta, no significaría que se efectivizara la venta, ello respaldaría el hecho que en el año 1987 se iniciara demanda de reconocimiento de derechos por los trabajos que se hubiera realizado, pero que se habría negado ello y los entendimientos que se hubieran vertido, que no se habría reclamado la recuperación del monto entregado sino por las mejoras en el inmueble. Que el último actuado fuera del año 1997 en que se habría solicitado el desarchivo del expediente y que por Auto de 4 de marzo de 2008 se habría declarado la perención de instancia y su posterior ejecutoria y que paralelamente se iniciaría la demanda de usucapión