4) Refieren que con relación a los siguientes motivos planteados en su recurso de apelación
4) Refieren que con relación a los siguientes motivos planteados en su recurso de apelación restringida el Auto de Vista impugnado no se pronunció: a) Contradicción entre la parte dispositiva y la parte considerativa, b) Falta de congruencia entre la Sentencia y la acusación, c) Falta de motivación en la Sentencia; d) Falta de fundamentación del dolo; y f) La existencia de valoración defectuosa y parcializada de la prueba; éstos aspectos, a criterio de los recurrentes, no fueron respondidos incurriendo el Auto de Vista en incongruencia omisiva, porque los mismos fueron fundamentados con argumentos ajenos y nada técnicos, a los cuestionamientos realizados, aspecto que también vulnera su derecho a la defensa
- Por memorial presentado el 19 de septiembre de 2016, cursante de fs
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 4) Refieren que con relación a los siguientes motivos planteados en su recurso de apelación
- Al respecto invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 8 de 26 de enero de
- 6) Bajo el subtítulo de consideraciones de los precedentes contradictorios también señalan que el Tribunal
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al primer motivo, en el cual refieren que el Auto de Vista carece
- Con relación al tercer motivo, manifiestan la existencia de errónea aplicación de la Ley sustantiva;
- En el cuarto motivo, referido a los puntos planteados en su recurso de apelación restringida
- Con relación al Auto Supremo 264 de 17 de noviembre 2006, la cita del mismo
- Por otro lado, los recurrentes también invocaron como precedentes contradictorios los Autos Supremos 8 de
- En el sexto motivo, bajo el subtítulo de consideraciones de los precedentes contradictorios también señala
- Respecto del séptimo motivo, en el cual refieren, que el Auto de Vista incurrió en
- Con relación al inc
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
