Auto Supremo AS/0764/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0764/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

Continuando con los fundamentos del Auto de Vista recurrido, respecto a la errónea aplicación de


Continuando con los fundamentos del Auto de Vista recurrido, respecto a la errónea aplicación de la Ley sustantiva respecto al art. 346 del CP; señaló que la sentencia en su acápite VII.1 advierte la configuración y constitución de los elementos del Tipo penal analizado, que el Tribunal de Sentencia encuadró en forma perfecta los hechos denunciados, al señalar que: “En el presente caso, conforme a los elementos probatorios fundamentos en los puntos V.2, V.3, V.4 y V.5 de este fallo judicial se estableció que entre el querellante Belisario Francisco Escobar Mendoza y el acusado Silverio Fernández Montero existió una amistad de mucho tiempo y por esa confianza adquirida emergente de su amistad, el querellante le entregó su documentación de un bien inmueble consistente… ya que este, le prometió realizar el trámite rápidamente al tener contactos en dicha institución…. Pero el acusado… hasta el día de hoy no realizó el trámite en Derechos Reales y tampoco le devolvió los documentos señalados al querellante ocasionándole perjuicios”, alegando el Tribunal de alzada que esa labor fundamentada por el Tribunal de origen, reúne los elementos esenciales del tipo penal, constatando que está demostrada la subsunción correcta del hecho al tipo penal, debiendo entenderse entonces de que si no existiría algún daño o perjuicio, cuál la necesidad de iniciar todo un proceso penal y por el otro lado cuál el motivo para retenerlos