El recurrente denuncia que ante su reclamo concerniente a la errónea aplicación de la ley
III.3. Análisis del caso concreto.
El recurrente denuncia que ante su reclamo concerniente a la errónea aplicación de la ley sustantiva, en sus arts. 345 y 346 del CP, el Auto de Vista impugnado, violó el debido proceso; por cuanto, transcribió partes de la Sentencia apelada y enfatizó que la labor realizada por el Juez de Sentencia reunía los elementos esenciales de los tipos penales de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, omitiendo realizar el análisis de los elementos configurativos de los tipos penales acusados; toda vez, que en ninguna de las resoluciones impugnadas, se sustentó fáctica, ni legalmente cuál fue el beneficio que su persona o un tercero hubiese tenido al apropiarse de los documentos del querellante, ni que éste tuviera la posesión o tenencia legítima de los documentos con relación al delito de Apropiación Indebida, ni cuál fue el daño o perjuicio causado a sus bienes o que éste retuviere como dueño los que hubiere recibido por un título posesorio respecto al delito de Abuso de Confianza
- Por memorial presentado el 17 de enero del 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 14/2015 de 19 de mayo (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Silverio Fernández Montero (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- El recurrente solicita se case el Auto de Vista recurrido ordenándose se dicte nueva Resolución
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 361/2017-RA de 22 de mayo, cursante de fs
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 14/2015 de 19 de mayo, el Juez Primero de Partido y de Sentencia
- Sobre el delito de Apropiación Indebida con relación al imputado Silverio Fernández Montero, previa transcripción
- Errónea aplicación de la Ley sustantiva, transcribiendo el art
- Por otra parte, transcribiendo el art
- arguyó, que dada su lectura responsable y minuciosa, puede advertir la configuración y constitución de
- En el presente caso, la parte recurrente refiere que ante su reclamo concerniente a la
- III.1. De los precedentes invocados
- El Auto Supremo 134/2013-RRC de 20 de mayo, fue dictado por la Sala Penal Segunda
- manifiesta en que las partes procesales gocen de los derechos y garantías previstas para que
- Los delitos para ser considerados como tales, deben reunir todas las condiciones exigidas para cada
- Con base a lo expuesto, se establece que ante la formulación de recurso de apelación
- El recurrente denuncia que ante su reclamo concerniente a la errónea aplicación de la ley
- restringida donde denunció: i) Errónea aplicación de la Ley sustantiva, art
- Sobre los referidos reclamos, conforme se tiene del Auto de Vista recurrido, el Tribunal de
- Continuando con los fundamentos del Auto de Vista recurrido, respecto a la errónea aplicación de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
