Auto Supremo AS/0770/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0770/2017-RRC

Fecha: 05-Oct-2017

solicitada por el fiscal o en su caso rechazar la aplicación del referido mecanismo procesal


El acuerdo se basa en la admisibilidad del hecho y la participación de la imputada o el imputado en la comisión del hecho acusado, no siendo indispensable para su procedencia la existencia de acuerdo entre el imputado con la víctima o el querellante para la reparación del daño; pudiendo la víctima plantear oposición a este procedimiento que se caracteriza por su celeridad, siendo innecesaria la producción de prueba pericial y testifical bajo las formas previstas para el juicio oral, por no existir hechos contradictorios que demostrar. El contenido fundamental del procedimiento abreviado es el acuerdo firmado entre el fiscal, la parte imputada y su abogado defensor, mediante el cual se renuncia al juicio oral y el acuerdo sobre la pena privativa de libertad a imponerse, la admisión del hecho por parte de la imputada, que debe manifestarse de manera libre y voluntaria sobre su culpabilidad, teniendo la autoridad judicial facultad de dictar sentencia condenatoria y la imposición de la pena


solicitada por el fiscal o en su caso rechazar la aplicación del referido mecanismo procesal cuando considere que la oposición de la víctima se halle fundada o la realización del juicio común permita un mejor conocimiento de los hechos