Auto Supremo AS/0773/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0773/2017-RRC

Fecha: 20-Oct-2017

En la fundamentación fáctica descrita en el considerando III, el Tribunal de Sentencia describe los


Por Sentencia 7/2016 de 7 de junio, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declara a Reynaldo Ramírez Mamani y Jony Ramírez Mamani, autores de la comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 del CP, imponiendo la pena de tres años y seis meses de reclusión al primero y tres años de reclusión al segundo; por otra parte, absolvió de responsabilidad y


pena a Hernán Rojas Mamani y Saribel Ramírez Mamani del delito endilgado en su contra.

En la fundamentación fáctica descrita en el considerando III, el Tribunal de Sentencia describe los siguientes seis hechos probados: i) Victoria Mamani Andacaba, fue herida en la región de la cabeza, provocada por un ladrillo, lanzado por uno de los co-imputados en la pelea fluida entre ambas partes, producto de dicha lesión la víctima se encontraba en estado de inconsciencia; ii) A consecuencia de la agresión física, la víctima se encontraba recibiendo atención médica y que el último informe médico determinó la incapacidad de veinte días; iii) La intencionalidad del ilícito, estaría traducida en el hecho de que el bloque de ladrillo fue retirado de su lugar y lanzado hacia la humanidad de la víctima, materializándose la intención de causar daño a la misma; iv) Los acusados actuaron de manera conjunta, con la predisposición de causar daño a la integridad física de la víctima, resultando la misma con un TEC leve, según el informe médico forense y una discapacidad de veinte días; asimismo, la víctima –a tiempo de dictarse la Sentencia- se encontraría recibiendo tratamiento médico; v) El juicio se instauró a instancias del Ministerio Público y acusación de la víctima, realizándose el juicio oral, de forma oral, pública, continua, contradictoria, comprobándose la responsabilidad de los acusados con plenitud de jurisdicción y competencia; y, vi) Los acusados Reynaldo Ramírez, Jony Ramírez, Hernán Rojas y Saribel Ramírez, no demostraron que no participaron del ilícito de Lesiones Graves y Leves, respecto a la individualización de los acusados en los hechos juzgados, refiere el Tribunal de Sentencia, que Reynaldo Ramírez fue identificado como la persona que lanzó el ladrillo, Jony Ramírez, le había propinado bastantes golpes y lesiones a la víctima, en cuanto a Saribel Ramírez, había jalado a la víctima de sus cabellos, Hernán Rojas, le había propinado puñetes y puntapiés, éste último había tenido un grado mínimo de participación y culpabilidad, que la pelea fue entre los imputados, la víctima y hermano de ésta última. Que los acusados Reynaldo Ramírez y Jony Ramírez, habían demostrado arrepentimiento, solicitando disculpas a la víctima