Auto Supremo AS/0821/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0821/2017-RRC

Fecha: 30-Oct-2017

Contra la mencionada Sentencia, el imputado Félix Chambi Zeballos, interpuso recurso de apelación restringida relacionando


Contra la mencionada Sentencia, el imputado Félix Chambi Zeballos, interpuso recurso de apelación restringida relacionando que, para condenar a una persona es necesario el establecimiento de un estado de plena prueba, que dé al Tribunal la sana crítica convicción suficiente que asegure haberse dilucidado al objeto de prueba; que revisada la Sentencia, se advierte que no se ha probado su vinculación al hecho fáctico que configura el delito acusado, existiendo suficiente duda razonable para establecer condena por el delito atribuido y ante la prueba insuficiente debe aplicarse el principio del in dubio pro reo. Ante la inexistencia de prueba suficiente y relevante de cargo y las observaciones realizadas, existe vulneración de derechos en contravención a Tratados Internacionales, considerados por la jurisprudencia, sin que se pretenda se efectúe nueva valoración de los hechos y de la prueba, sino expresar los motivos que ameritan la reparación de los agravios sufridos:

i)Vulneración del inc. 3) del art. 370 del CPP, basada en la inexistencia de determinación circunstanciada que establezca con claridad, propiedad, minuciosidad y diferenciación entre una y otra situación, el tiempo, sitio, formas o modos en que pudo haber ocurrido el hecho, con expresión del antes y después en cada situación necesarios para establecer condena, que en el caso se encuentran indeterminados en los supuestos reiterados hechos acusados y en el contenido de la Sentencia, que al haber sido pasado por alto ameritan la anulación parcial de la Sentencia y la realización de nuevo juicio de reenvío, por vulneración a sus derechos a ser oído y juzgado en un debido proceso antes de ser condenado de acuerdo al art. 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE), por no haber sido juzgado en un debido proceso en sus componentes de legalidad, objetividad, probidad, congruencia y coherencia que incide en la subsunción y posterior fallo que deben ser reparados