3)También, expresa que existió defectuosa valoración de la prueba porque la Sentencia dictada en su
3)También, expresa que existió defectuosa valoración de la prueba porque la Sentencia dictada en su contra contendría defectuosa valoración de la prueba, vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, al haber considerado prueba que contenía defectos y que no tenía claro su origen, de lo que extraña cómo concluye y genera convicción el Tribunal de Sentencia de la afectación referida y haberse de manera reiterativa, sin prueba testifical no solo es contradictoria en el tiempo, lugares y personas siendo que ninguno manifestó este acto de haber escuchado de manera reiterativa estas falsas aseveraciones hechas por el Juez inferior en su Sentencia; en consecuencia, no se estableció en dicho fallo los medios probatorios en los que se basó más aún si los testigos de cargo expresaron que jamás escucharon esas aseveraciones contra Sebastián Romero. En consecuencia, señala que existió ausencia de fundamentación, contradicción e incongruencia que se resume en la Sentencia impugnada; al no poder bajo ningún criterio sustentar la culpabilidad, porque todos estos fundamentos legales no fueron valorados conforme a las normas de la materia y la naturaleza jurídica de las mismas y sus efectos legal ante la inexistencia de prueba coherente que haga fe del hecho acusado, lo que deja en evidencia que el Juez no solo no fundamento sino también no valoró adecuadamente las pruebas
- Por memorial presentado el 13 de marzo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 428/2017-RA de 9 de junio,
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se anule el Auto de Vista y estableciendo la doctrina legal aplicable,
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- i)En base a los hechos probados se determinó que el sindicado, conforme las pruebas
- ii)La afectación referida fue realizada de manera reiterada, sindicándolo al querellante de haber cometido delitos,
- II.2. De la apelación restringida
- Notificadas partes con la Sentencia, el imputado interpone recurso de apelación restringida contra la Sentencia
- 2)Refiere que en el considerando IV en la que se hace la valoración de la
- 3)También, expresa que existió defectuosa valoración de la prueba porque la Sentencia dictada en su
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Auto de Vista
- En el presente recurso de casación, el recurrente denunció que el Tribunal de alzada, dejó
- III.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- El art
- En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
- Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
- III.3. Del caso concreto
- al recurso de apelación restringida y verificar cuales fueron los motivos expuestos en el mismo,
- rescató el aspecto relacionado que hace al hecho en cuestión, para posteriormente realizar una fundamentación
- Con relación al tercer motivo de su recurso de apelación restringida; en el que denuncia
- Con relación a los aspectos señalados es preciso observar que el recurrente de apelación restringida
- Ahora bien, sobre las exigencias que debe cumplir quien denuncia defectuosa valoración de la prueba,
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- no puede ingresar a revalorizar la prueba documental producida y judicializada en el juicio oral,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
