Auto Supremo AS/0823/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0823/2017-RRC

Fecha: 30-Oct-2017

i)En base a los hechos probados se determinó que el sindicado, conforme las pruebas


Por Sentencia de 19 de noviembre de 2014, el Juez Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Edmundo Fuentes Mitma, autor de la comisión de los delitos de Calumnia e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 283 y 287 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión, más el pago de daños y perjuicios averiguables en ejecución de Sentencia y multa de Bs. 500.- (quinientos bolivianos), equivalentes a cien días multa a razón de Bs. 5.- (cinco bolivianos) por día, siendo concedida la suspensión condicional de la pena, siendo absuelta de los delitos de Difamación y Apropiación Indebida, en base a los siguientes argumentos:

i)En base a los hechos probados se determinó que el sindicado, conforme las pruebas testificales de cargo, referidos de manera individual y conjunta se ha probado la afectación al honor, la dignidad, decoro y personalidad del querellante, conforme se tiene considerado