Notificadas partes con la Sentencia, el imputado interpone recurso de apelación restringida contra la Sentencia
Notificadas partes con la Sentencia, el imputado interpone recurso de apelación restringida contra la Sentencia pronunciada, con los siguientes argumentos:
1)Bajo el subtítulo de Ausencia de fundamentación legal señala que: 1) La Sentencia apelada carece de la debida motivación y fundamentación que vulnera el principio de legalidad y el debido proceso, precisando que no existió la descripción del hecho probado; 2) No se precisa si las supuestas afirmaciones de maleante y corrupto fueron expresadas en la acusación particular, o solo fueron expresadas por un testigo de cargo que habría escuchado de terceras personas dicha afirmación lo que hace ver la infracción de los arts. 283 y 287 del CP; 3) Se elude identificar la conducta individual de su persona realizando una subsunción conjunta en base a apreciaciones subjetivas ni siquiera expresadas en las acusación particular; 4) No se realiza una adecuada fundamentación fáctica probatoria, pues no se puede identificar que prueba demuestra que su persona habría manifestado los calificativos de maleante y corrupto; 5) No se establece el hecho ni se precisa la prueba que amerite declarar la culpabilidad de su persona; y, 6) No se advierte la valoración probatoria de la cual se deduzca la expresión clara y terminante de los hechos probados que conducirían a la afirmación de la comisión de los delitos atribuidos, por lo que se incurre en defecto absoluto comprendido en el art. 169 inc. 3) del CPP
1)Bajo el subtítulo de Ausencia de fundamentación legal señala que: 1) La Sentencia apelada carece de la debida motivación y fundamentación que vulnera el principio de legalidad y el debido proceso, precisando que no existió la descripción del hecho probado; 2) No se precisa si las supuestas afirmaciones de maleante y corrupto fueron expresadas en la acusación particular, o solo fueron expresadas por un testigo de cargo que habría escuchado de terceras personas dicha afirmación lo que hace ver la infracción de los arts. 283 y 287 del CP; 3) Se elude identificar la conducta individual de su persona realizando una subsunción conjunta en base a apreciaciones subjetivas ni siquiera expresadas en las acusación particular; 4) No se realiza una adecuada fundamentación fáctica probatoria, pues no se puede identificar que prueba demuestra que su persona habría manifestado los calificativos de maleante y corrupto; 5) No se establece el hecho ni se precisa la prueba que amerite declarar la culpabilidad de su persona; y, 6) No se advierte la valoración probatoria de la cual se deduzca la expresión clara y terminante de los hechos probados que conducirían a la afirmación de la comisión de los delitos atribuidos, por lo que se incurre en defecto absoluto comprendido en el art. 169 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 13 de marzo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 428/2017-RA de 9 de junio,
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se anule el Auto de Vista y estableciendo la doctrina legal aplicable,
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- i)En base a los hechos probados se determinó que el sindicado, conforme las pruebas
- ii)La afectación referida fue realizada de manera reiterada, sindicándolo al querellante de haber cometido delitos,
- II.2. De la apelación restringida
- Notificadas partes con la Sentencia, el imputado interpone recurso de apelación restringida contra la Sentencia
- 2)Refiere que en el considerando IV en la que se hace la valoración de la
- 3)También, expresa que existió defectuosa valoración de la prueba porque la Sentencia dictada en su
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Auto de Vista
- En el presente recurso de casación, el recurrente denunció que el Tribunal de alzada, dejó
- III.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- El art
- En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o
- Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
- Igualmente, refiere el versado Couture, que: ‘El juez de la apelación conviene repetir, no tiene
- Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
- III.3. Del caso concreto
- al recurso de apelación restringida y verificar cuales fueron los motivos expuestos en el mismo,
- rescató el aspecto relacionado que hace al hecho en cuestión, para posteriormente realizar una fundamentación
- Con relación al tercer motivo de su recurso de apelación restringida; en el que denuncia
- Con relación a los aspectos señalados es preciso observar que el recurrente de apelación restringida
- Ahora bien, sobre las exigencias que debe cumplir quien denuncia defectuosa valoración de la prueba,
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- no puede ingresar a revalorizar la prueba documental producida y judicializada en el juicio oral,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
