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    Auto Supremo AS/0840/2017-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0840/2017-RA

    Fecha: 31-Oct-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 19 de julio y 9 de agosto de 2017, Gunar Zeballos
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b)Contra la referida Sentencia, el imputado Julio Rojas Mejía interpuso recurso de apelación restringida (fs
    • c)Por diligencias de 31 de julio y 31 de “agosto” de 2017 (fs
    • De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
    • La parte recurrente manifiesta, que el Auto de Vista carece de una fundamentación y motivación
    • II.2.Recurso de casación de Julio Rojas Mejía
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • IV.1. Del recurso de casación de los representantes del Gobierno Autónomo Departamental de Pando
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que la parte recurrente cumplió con el primer
    • Sobre este reclamo se observa que la parte recurrente no cumplió con la carga procesal
    • No obstante de ello, no puede pasar desapercibido que la parte recurrente ha señalado que
    • Respecto, a la invocación de las Sentencias Constitucionales 0263/2015-S3 de 26 de marzo de “2016”,
    • Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
    • Respecto al único motivo, por el que la parte recurrente en síntesis denuncia que los
    • Adicionalmente se deja constancia que la cita la invocación de las Sentencias Constitucionales 1414/2013 de
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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