En cuanto a la apreciación y valoración de la prueba testifical de cargo, cita el
En cuanto a la apreciación y valoración de la prueba testifical de cargo, cita el art. 1330 del Código Civil indicando que el Juez A-quo se halla facultado a considerar o no el testimonio de los testigos en función a la credibilidad personal que estos tengan; en el caso presente el Juzgador señaló que los testimonios de los testigos de cargo de fs. 355, 357, 359, 510 y 511 no son suficientes para demostrar la posesión pacífica de la actora debido a que tres de ellos carecen de credibilidad personal, habiendo sido valorada dicha prueba conforme al art. 373 del Código de Procedimiento Civil, no correspondiendo ser tomado dicho reclamo como agravio
- Distrito: La Paz
- I
- En cuanto a la apreciación y valoración de la prueba testifical de cargo, cita el
- Hace referencia a las documentales de fs
- Respecto a la demanda reconvencional de reivindicación, cita el A
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Señala que todo el elenco probatorio en que se sustenta la reconvencional fue producido vencido
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Los argumentos descritos corresponden a la forma por estar destinados a atacar la estructura del
- Por otra, la recurrente indica que todo el elenco probatorio en que se sustenta la
- Revisado los datos que informan el proceso, se advierte que la demandada al momento de
- Luego de hacer referencia al Auto de Vista denunciando aspectos de forma, la recurrente pasa
- Al encontrarse los reclamos dirigidos a cuestionar la Sentencia de primera instancia, este Tribunal de
- En cuanto a la referencia que realiza del A
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
