Auto Supremo AS/1028/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1028/2017

Fecha: 02-Oct-2017

Por otra, la recurrente indica que todo el elenco probatorio en que se sustenta la

Los hechos descritos fueron precisamente los puntos de reclamo que se encuentran expresados en el recurso de apelación y respecto a los cuales el Ad-quem se pronunció con los fundamentos desarrollados de manera amplia en el Auto de Vista, cumpliendo el Tribunal con la carga argumentativa y la pertinencia que establecía el art. 236 del Código de Procedimiento Civil aún vigente al momento de la emisión del Auto de Vista, no siendo evidente lo denunciado en el recurso de casación; tampoco la recurrente especifica que reclamos en concreto no habrían sido absueltos, simplemente indica de manera general que no se habría absuelto todos sus reclamos; empero del contenido del Auto de Vista con relación al recurso de apelación se evidencia que existe la respuesta debidamente fundamentada brindada por el Tribunal a todos los reclamos de la apelación; otra cosa distinta es que ese razonamiento desplegado por el Ad-quem sea el correcto o no, pero en caso de considerarlo inadecuado, se tiene que reclamar a través del recurso de casación en el fondo y no en la forma.
Por otra, la recurrente indica que todo el elenco probatorio en que se sustenta la demanda reconvencional fue producido vencido el plazo probatorio, la misma que habría sido valorada violando los arts. 267 y 377 del Código de Procedimiento Civil