Por otra, la recurrente indica que todo el elenco probatorio en que se sustenta la
Los hechos descritos fueron precisamente los puntos de reclamo que se encuentran expresados en el recurso de apelación y respecto a los cuales el Ad-quem se pronunció con los fundamentos desarrollados de manera amplia en el Auto de Vista, cumpliendo el Tribunal con la carga argumentativa y la pertinencia que establecía el art. 236 del Código de Procedimiento Civil aún vigente al momento de la emisión del Auto de Vista, no siendo evidente lo denunciado en el recurso de casación; tampoco la recurrente especifica que reclamos en concreto no habrían sido absueltos, simplemente indica de manera general que no se habría absuelto todos sus reclamos; empero del contenido del Auto de Vista con relación al recurso de apelación se evidencia que existe la respuesta debidamente fundamentada brindada por el Tribunal a todos los reclamos de la apelación; otra cosa distinta es que ese razonamiento desplegado por el Ad-quem sea el correcto o no, pero en caso de considerarlo inadecuado, se tiene que reclamar a través del recurso de casación en el fondo y no en la forma.
Por otra, la recurrente indica que todo el elenco probatorio en que se sustenta la demanda reconvencional fue producido vencido el plazo probatorio, la misma que habría sido valorada violando los arts. 267 y 377 del Código de Procedimiento Civil
Por otra, la recurrente indica que todo el elenco probatorio en que se sustenta la demanda reconvencional fue producido vencido el plazo probatorio, la misma que habría sido valorada violando los arts. 267 y 377 del Código de Procedimiento Civil
- Distrito: La Paz
- I
- En cuanto a la apreciación y valoración de la prueba testifical de cargo, cita el
- Hace referencia a las documentales de fs
- Respecto a la demanda reconvencional de reivindicación, cita el A
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Señala que todo el elenco probatorio en que se sustenta la reconvencional fue producido vencido
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Los argumentos descritos corresponden a la forma por estar destinados a atacar la estructura del
- Por otra, la recurrente indica que todo el elenco probatorio en que se sustenta la
- Revisado los datos que informan el proceso, se advierte que la demandada al momento de
- Luego de hacer referencia al Auto de Vista denunciando aspectos de forma, la recurrente pasa
- Al encontrarse los reclamos dirigidos a cuestionar la Sentencia de primera instancia, este Tribunal de
- En cuanto a la referencia que realiza del A
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
