Revisado los datos que informan el proceso, se advierte que la demandada al momento de
Revisado los datos que informan el proceso, se advierte que la demandada al momento de interponer excepciones y posteriormente contestar la demanda y reconvenir, presentó prueba documental preconstituida, las que cursan de fs. 73 a 92 y fs. 113 a 138, como también antes de la clausura del término probatorio, presentó como prueba de reciente obtención las literales de fs. 389 a 506 y 527 a 532 cumpliendo con el juramento correspondiente, pruebas que no fueron observadas en cuanto a su admisión y menos impugnadas, pese a su legal notificación y contar con los mecanismos procesales para oponerse a la proposición, producción y diligenciamiento de prueba que la ley adjetiva vigente en aquel tiempo ponía a disposición de las partes litigantes, nos referimos concretamente al art. 24 num. 3) de la Ley Nº 1760, dejando precluir su derecho, no pudiendo en etapa casacional reclamar sobre ese aspecto; es más de antecedentes se tiene que la recurrente hizo suyas algunas de esas pruebas para fundar su pretensión de usucapión; de donde se concluye que el recurso de casación en la forma, deviene en infundado
- Distrito: La Paz
- I
- En cuanto a la apreciación y valoración de la prueba testifical de cargo, cita el
- Hace referencia a las documentales de fs
- Respecto a la demanda reconvencional de reivindicación, cita el A
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Señala que todo el elenco probatorio en que se sustenta la reconvencional fue producido vencido
- III.1.- Con relación a las nulidades procesales
- “En cuanto a la nulidad de los actos procesales, complementando el entendimiento establecido en la
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Los argumentos descritos corresponden a la forma por estar destinados a atacar la estructura del
- Por otra, la recurrente indica que todo el elenco probatorio en que se sustenta la
- Revisado los datos que informan el proceso, se advierte que la demandada al momento de
- Luego de hacer referencia al Auto de Vista denunciando aspectos de forma, la recurrente pasa
- Al encontrarse los reclamos dirigidos a cuestionar la Sentencia de primera instancia, este Tribunal de
- En cuanto a la referencia que realiza del A
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
