Auto Supremo AS/1049/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1049/2017

Fecha: 05-Oct-2017

II.2. En el fondo

II.2. En el fondo:
II.2.1. Denuncia violación del art. 463 del Código Civil; refiere que el Tribunal no menciona ninguna normativa ni sustantiva ni adjetiva en la que sustente su decisión en el sentido de concluir que ha existido un contrato o compromiso preliminar de venta de su inmueble, entiende que lo sucedido se sustenta en la creencia de la existencia de un contrato preliminar de compraventa de inmueble, solo así puede entenderse que se le condena a suscribir una transferencia definitiva. Al condenarle a suscribir una “transferencia definitiva”, el Tribunal no ha tomado en cuenta que, en el caso presente, no se ha demostrado la existencia de los requisitos esenciales mínimos requeridos para la formación de un contrato de compraventa de inmueble pues el tribunal no señala cuales son las condiciones en las cuales se debe suscribir la transferencia precisamente porque en el supuesto preliminar nada se ha dicho. En efecto, no se ha identificado el derecho existente sobre el bien, tampoco se ha determinado el precio y por último, es el propio Tribunal que concluye que el supuesto precio no se ha pagado por cuanto, en franca contradicción, condena a los demandantes a efectuar un pago de un supuesto saldo