Auto Supremo AS/1064/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1064/2017

Fecha: 05-Oct-2017

Sobre dicho reclamo, corresponde precisar que de la revisión y análisis del recurso de apelación

Por otra parte, en cuanto a la falta de fundamentación sobre que en el punto 2 de los hechos no probados de la Sentencia, el Juez A quo sostendría que el reconvencionista no ha justificado las causales de nulidad de contrato suscrito bajo la escritura pública Nº 1904/2002, pero en la parte resolutiva declararía la nulidad de dicha escritura, aspecto que resultaría totalmente incongruente, y que debió ser advertido por el Tribunal de Alzada;
Sobre dicho reclamo, corresponde precisar que de la revisión y análisis del recurso de apelación de fs. 816 a 821 vta., se tiene que el recurrente no acusó dicha incongruencia, por lo que no se puede reclamar falta de fundamentación en un hecho no acusado en apelación, reclamo que resulta totalmente intrascendente si se toma en cuenta que el fundamento de la Sentencia en cuanto a la pretensión reconvencional del ahora recurrente, hace referencia a la procedencia de la nulidad de la escritura pública Nº1904/2002, que no podría verse afectado por un error de taypeo, deviniendo en infundado lo acusado en este punto