Auto Supremo AS/1065/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1065/2017

Fecha: 05-Oct-2017

Sobre el particular y conforme lo establecemos en la doctrina aplicable en el punto III

Sobre el particular y conforme lo establecemos en la doctrina aplicable en el punto III. 1 el principio de congruencia establecido en el art. 236 del Código de Procedimiento Civil y actualmente encuentra su fuente normativa en el art. 265 del Código Procesal Civil, se traduce en que toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que en el caso del recurso de apelación, se sintetiza en el aforismo “tantum devolutum quantum appellatum”, que significa que es devuelto cuanto se apela, con esto se establece el límite formal de la apelación en la medida de los agravios propuestos en la impugnación, en otras palabras, la función jurisdiccional del órgano de revisión en doble instancia se ve contenido a lo formulado en la apelación por el impugnante