Auto Supremo AS/0888/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0888/2017-RA

Fecha: 03-Nov-2017

R de 22 de marzo, 0119/2003 de 28 de enero y SC 1274/2001-R de 4


Con referencia a las SCP 0341/2013-R de 20 de mayo y 1877/2010-R de 12 de octubre, “SC 418/00-R de 2 de mayo”, 1276/2001-R de 5 de diciembre, 222/2001-


R de 22 de marzo, 0119/2003 de 28 de enero y SC 1274/2001-R de 4 de diciembre, invocadas en calidad de precedentes contradictorios; debe recordarse que, conforme dispone el art. 416 del CPP, sólo los Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia y los Autos Supremos dictados en recursos de casación por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia, que sienten o ratifiquen doctrina legal, son considerados precedentes contradictorios; consiguientemente, cualquier pretensión de hacer valer una Sentencia Constitucional como precedente contradictorio en la jurisdicción ordinaria, no es atendible