Auto Supremo AS/0914/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0914/2017-RRC

Fecha: 21-Nov-2017

El Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2004, emitido en el proceso penal

El Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2004, emitido en el proceso penal seguido por el delito de Estelionato, donde inicialmente se dictó sentencia condenatoria, apelada que fue, por Auto de Vista se declaró procedente en parte las cuestiones planteadas; en consecuencia, confirmó la sentencia con la modificación de la pena, fallo que recurrido de casación fue dejado sin efecto a raíz de que se comprobó la existencia de defectos absolutos, que debíeron ser corregidos aún de oficio por el Tribunal de Alzada, inclusive en el supuesto de que los mismos no hubieran sido acusados por el recurrente en el desarrollo del proceso por no ser subsanables, conforme establece la parte final del segundo parágrafo del art. 407 del CPP, por consiguiente se pronunció la siguiente doctrina legal aplicable: “Las normas procesales son de orden público y por consiguiente de cumplimiento obligatorio; si en obrados se observan defectos de procedimiento que constituyen defectos absolutos y atentan derechos fundamentales, deben ser corregidos de oficio por el Tribunal de Alzada o el de Casación en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, aunque el recurrente no hubiera efectuado reclamo oportuno para su saneamiento, facultad que está restringida para casos donde se encuentren violaciones flagrantes al debido proceso y existan defectos absolutos que determinen nulidad. Además en ningún fallo puede omitirse la fundamentación del mismo, no pudiendo ser reemplazado por la simple relación de documentos o la mención de los requerimientos de las partes; tampoco puede existir incongruencia y contradicción entre los fundamentos expuestos en la parte considerativa con la resolutiva”