Auto Supremo AS/1250/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1250/2017

Fecha: 04-Dic-2017

Al margen de ello y conforme lo establecemos en doctrina aplicable en el punto III

Al margen de ello y conforme lo establecemos en doctrina aplicable en el punto III.4 debemos decir que la minuta de transferencia de fecha 2 de mayo de 1991 realizada por Daniel Paricollo Serrano quien fraguó los documentos suplanto la persona de la Vendedora Victoria García Vda. de López, que fue acusada de nulidad y determinada así por la Resolución de Revisión Extraordinaria de Sentencia es un título en el que se ha advertido que no concurren los requisitos de validez (eficacia estructural) de dicho negocio jurídico, el mismo no puede ser considerado, como un justo título por haber adolecido de vicio de nulidad contractual como fue calificada por la Corte Suprema de Justicia