Auto Supremo AS/0019-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0019-1/2017

Fecha: 24-Feb-2017

El art

CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
II.1.1. Consideraciones previas
El art. 13.I de la CPE, señala que los derechos reconocidos por esta Constitución son inviolables, universales, interdependientes indivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos; todo ello en concordancia con lo establecido en el art. 109.I de la supra norma citada que refiere: “Todos los derechos reconocidos en la Constitución son directamente aplicables y gozan de iguales garantías para su protección"