Todos estos hechos apreciados a la luz del Principio de Verdad Material establecido en el
Todos estos hechos apreciados a la luz del Principio de Verdad Material establecido en el art. 180.I de la CPE, 30.11 de la LOJ, y la amplia jurisprudencia desarrollada por este Tribunal han sido correctamente compulsados por el Auto de Vista recurrido, el cual confirma acertadamente los argumentos y la parte resolutiva establecidos por la Resolución de la Comisión de Reclamación
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el Recurso de Apelación por la demandante de fs
- Dicha Resolución motivó el Recurso de Casación en el fondo de fs
- Concluye solicitando se dicte el Auto Supremo casando el recurso en todas sus partes, de
- Mediante Auto Supremo Nº 314-A de fs
- El art
- Del contexto descrito es factible extraer que los derechos a la Seguridad Social constituyen un
- Este contexto normativo descrito, es recogido por el Código de Seguridad Social que señala en
- Corresponde señalar que, conforme el planteamiento de la recurrente el Código de Seguridad Social (CSS),
- En ese marco también, el art
- De la norma referida se infiere que el tiempo de convivencia de la esposa o
- De igual manera, y conforme lo acusado por la recurrente, debe tomarse en cuenta que
- En el caso de autos, la recurrente inicia su trámite para solicitar renta de derecho
- Que la recurrente señala haber demostrado con prueba documental y literal que el señor Mario
- Durante la sustanciación del proceso el SENASIR ha presentado Reporte del Servicio Matrimonio del SERECI
- Si bien es cierto que la recurrente presento Declaración Notarial Voluntaria suscrita ante Notario de
- Este hecho que no pudo ser desvirtuado por la recurrente, conducen al convencimiento que María
- Resulta preciso referir que si bien la norma exige que la vida en común se
- Todos estos hechos apreciados a la luz del Principio de Verdad Material establecido en el
- En consecuencia en virtud de los fundamentos constitucionales de Seguridad Social citados anteriormente; corresponde manifestar
- Consiguientemente, queda demostrado y evidenciado que, el Tribunal de alzada no incurrió en las infracciones
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
