Auto Supremo AS/0024-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0024-1/2017

Fecha: 24-Feb-2017

-El art


2. Realizadas estas precisiones jurídicas, con la finalidad de argumentar y fundamentar en forma objetiva y en plena correspondencia con el principio de verdad material, la decisión de este Tribunal, al momento de resolver el referido Recurso de Casación interpuesto por el SENASIR, puntualizamos los siguientes aspectos:

-El art. 109.I de la CPE dispone: “Todos los derechos reconocidos en la Constitución son directamente aplicables y gozan de iguales garantías para su protección”. Concordante con lo transcrito, corresponde citar el art. 13.I de la misma norma fundamental que refiere: “Los derechos reconocidos por esta Constitución son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos. (La negrilla y cursiva es nuestro)