Auto Supremo AS/0024-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0024-1/2017

Fecha: 24-Feb-2017

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm

Este dispositivo legal que facilita en forma extraordinaria el acceso a los beneficios de la renta de vejez, que otorga el SENASIR, previsto en el referido art. 14 del D.S. 27543, tiene plena concordancia con la RM Nº 559 de 3 de octubre de 2005 y el art. 83 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, así como la RM Nº 550 de 28 de diciembre de 2005, que permite al SENASIR emitir certificados de aportes para la compensación de cotizaciones por procedimiento manual mediante la modalidad de documentos acreditables, como los consistentes en partes de afiliación y baja de las cajas de salud, finiquitos, certificados de trabajo y otros.
En consecuencia por todo lo explicado y fundamentado, este Tribunal acredita que el Tribunal de Alzada no habría incurrido en los agravios acusados por la parte recurrente, al momento de emitir el respectivo Auto de Vista, por el contrario la resolución de Alzada, es coherente con los principios, garantías y derechos previstos en la Constitución Política del Estado.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, declara INFUNDADO el Recurso de Casación en el fondo de fs. 96 a 98, interpuesto por la entidad gestora, contra el Auto de Vista Nº 76/2016 de 4 de mayo, cursante de fs. 92 a 93, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz de la Sierra