Auto Supremo AS/0119/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0119/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

En referencia al Considerando II, señala que si no hubiere ejecutado los hechos en forma


En referencia al Considerando II, señala que si no hubiere ejecutado los hechos en forma personal o a través de otros, porque no se encontró un referente para señalar quienes hubiesen sido otras personas de confianza que hayan realizado estos actos de sustracción de bienes, aplicándose el art. 13 del CPP, en un afán desesperado de legitimar un fallo interesado, a fin de cohonestar actos de otras personas que por influencia política han demostrado interés en el proceso, lo cierto es que en el proceso no hay un solo elemento que acredite qué bienes son los que se hubiere sustraído, en qué fecha y con qué personas. No se ha efectuado una valoración integral de la prueba, solamente se destacó lo que en criterio del Tribunal es importante para fundar la condena añadiendo conclusiones propias, existiendo una global ausencia de fundamentación descriptiva, valorativa e intelectiva de los medios de prueba