El imputado Adrián Alba Justiniano, interpuso recurso de apelación restringida, identificando como agravio de la
II.2. De la apelación restringida del imputado.
El imputado Adrián Alba Justiniano, interpuso recurso de apelación restringida, identificando como agravio de la Sentencia, entre otros el siguiente:
El Tribunal de mérito, habría incurrido en el defecto previsto por el inc. 5) del CPP, pues carecería de fundamento al no explicar las bases legales, la forma y sobre qué pruebas, llegó a la convicción sobre su culpabilidad, por el contrario en el único hecho probado, el A quo se había limitado a recopilar lo manifestado por la víctima y la denuncia, sin tomar en cuenta que el médico forense no ratificó su informe en juicio; tampoco, se había tomado en cuenta las contradicciones en la que incurrieron la víctima, la testigo Isabel Rosales Montero y la madre de la víctima, en cuanto a las fechas en que supuestamente ocurrieron los hechos, refiere como norma aplicable los incs. 3) y 4) del art. 169 del CPP
- I.1. Antecedentes
- a) Por Sentencia 129/2015 de 23 de noviembre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Adrián Alba Justiniano interpuso recurso de apelación (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 744/2016-RA de 26 de septiembre,
- El recurrente alega que hubo una incorrecta valoración de los medios de prueba; por cuanto,
- Asimismo, afirma que el Tribunal de alzada paso por alto las contradicciones de la denuncia,
- Asimismo, añade que el Tribunal de alzada lejos de subsanar los errores del Tribunal A
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 744/2016-RA de 26 de septiembre, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 129/2015 de 23 de noviembre, el Tribunal de Sentencia de Montero, de la
- El imputado Adrián Alba Justiniano, interpuso recurso de apelación restringida, identificando como agravio de la
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- En cuanto al supuesto defecto de sentencia previsto por el inc
- III.1. Del precedente invocado
- El recurrente invocó como precedente contradictorio para sustentar su recurso de casación el Auto Supremo
- El juicio oral, público y contradictorio, conforme dispone el artículo 1 del Código de Procedimiento
- Al existir situación fáctica similar, en cuanto al defecto procesal ocasionado por la presunta falta
- III.2 Análisis del caso concreto
- Un caso de vulneración del debido proceso, se da cuando la autoridad que ejerce jurisdicción
- fue creíble, al igual que la declaración de la madre de la víctima y la
- De lo descrito, se tiene que el Tribunal de apelación, luego de identificar el motivo
- En cuanto, a la supuesta falta de ratificación del informe médico forense, si bien la
- Argumentos del Tribunal de apelación, que cumplen no sólo con la estructura de una resolución
- Finalmente, en cuanto a la presunta falta de revisión de oficio y al hecho de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
