Auto Supremo AS/0128/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

El recurrente invocó como precedente contradictorio para sustentar su recurso de casación el Auto Supremo


El recurrente invocó como precedente contradictorio para sustentar su recurso de casación el Auto Supremo 472 de 8 de diciembre de 2005, que fue dictado dentro del caso seguido por el Ministerio Público contra GSJ, por el presunto delito de Asesinato, el cual tuvo como antecedentes, el hecho de que el Tribunal de apelación a tiempo de anular la sentencia y disponer la reposición del juicio por otro Tribunal, no hizo una adecuada fundamentación legal que establezca los motivos válidos para determinar su decisión; tampoco, consideró que la facultad prevista por el art. 15 de la LOJ, está restringida para casos donde se encuentren violaciones flagrantes al debido proceso y existan defectos procesales absolutos que determinen la nulidad, por lo que estableció la siguiente doctrina:

“Se consideran defectos absolutos cuando en la resolución, sea sentencia o Auto de Vista, no existen razones ni criterios sólidos que fundamenten los alcances de la resolución basados en normas sustantivas, adjetivas penales o correspondan a Convenios o Tratados Internacionales, omisión que se constituye en defecto insalvable porque genera incertidumbre a los sujetos procesales, este defecto se inscribe en el artículo 370 inciso 5) en relación al artículo 169 inciso 3) ambos del Código de Procedimiento Penal