Auto Supremo AS/0137/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0137/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

Argumenta que de la valoración de la prueba producida en juicio en aplicación de


Argumenta que de la valoración de la prueba producida en juicio en aplicación de la lógica, la experiencia y la psicología, se ha tenido por demostrados los hechos acusados, existiendo coincidencia en tiempo, lugar y modo como se produjeron los mismos, que vinculan directamente a Víctor Fabián Ordoñez Delgado, quien realizó tocamientos impúdicos a su hija sabiendo que lo era, habiéndose demostrado la relación filial a través de las atestaciones de cargo y descargo, principalmente de la víctima, su madre Sobeiba Madahy Barrientos y el propio imputado, sin que exista duda al respecto, de modo que su conducta se subsume a la descripción del delito de Abuso Deshonesto, previsto en el art. 312 del CP con la concurrencia de la agravante prevista en el inc. 3) del art. 310 del CP; por lo que, el acusado es culpable del ilícito acusado en grado de autor, al haber realizado una acción que se acomoda a los supuestos típicos del ilícito descrito y no se encuentra comprendido en ninguna causal de justificación, pues conocía la antijuricidad de su actuar y la exigibilidad de un comportamiento distinto; consiguientemente, merece sanción