Auto Supremo AS/0168/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0168/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

Con relación al primer motivo, en el que el recurrente esencialmente reclama que el Tribunal


Con relación al primer motivo, en el que el recurrente esencialmente reclama que el Tribunal de apelación no analizó los precedentes contradictorios invocados a tiempo de formular el recurso de apelación restringida, en relación al defecto de Sentencia referido a la errónea aplicación del art. 252 del CPP, se advierte que los Autos Supremos 325 de 28 de agosto de 2006, 227 de 25 de junio de 2002 y 596 de 14 de noviembre de 2001, no contienen doctrina legal alguna susceptible de contrastación; por cuanto, fueron declarados infundados. Por otra parte, los Autos Supremos 128 de 21 de abril de 2011 y “de 25 de junio de 2001”, al haber sido emitidos en vigencia del Código de Procedimiento Penal abrogado, no pueden ser considerados precedentes en los términos establecidos en el actual sistema penal acusatorio, lo que también impide que este Tribunal efectúe la labor de contraste jurisprudencial encomendada en etapa de casación