Auto Supremo AS/0183/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0183/2017

Fecha: 01-Mar-2017

IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

En resumen se dirá que cuando surge en forma manifiesta que la pretensión carece de tutela jurídica, ya sea porque la demanda tiene un objeto inmoral o prohibido por las leyes o cuando la causa invocada como fundamento de la petición es ilícita o inmoral, estamos frente a una “improponibilidad objetiva”, por oposición a la “improponibilidad subjetiva derivada de la falta de legitimación (de quien tiene el legítimo derecho de demandar una cosa)”, razón por la cual el Juez al ser manifiestamente evidente la ausencia de legitimación activa para solicitar la pretensión invocada, correspondía rechazar la misma in límine.”
IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
En sujeción a lo establecido por el art. 106 de la Ley No. 439 del Código Procesal Civil, aplicable así como a lo previsto por el art. 17.I de la Ley 025, se pasa a realizar las siguientes consideraciones