Auto Supremo AS/0191/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2017

Fecha: 01-Mar-2017

Refiere al art

Refiere al art. 105 del Código Civil y la facultad que otorga la facultad de reivindicar, explicando sus características en sujeción a lo previsto por el art. 1453 del Código Civil, asimismo lo previsto por el art. 1455 de la misma norma respecto a la acción negatoria, vincula su razonamiento para señalar que se vulneró lo previsto por el art. 56 de la Constitución Política del Estado, puntualiza aspectos referidos a la propiedad privada y la obligación de probar una pretensión. Que la demanda quedó demostrado por las pruebas que acreditarían derecho propietario y que los demandados violentaron ese derecho constitucional