2) El Auto de Vista recurrido no contestó todos los puntos apelados al haber efectuado
De esa manera, bajo el acápite referido a las contradicciones del Auto de Vista recurrido con los precedentes, el recurrente afirma que dicho fallo modificó los hechos probados en Sentencia; puesto que, realiza una interpretación discrecional y lesiva, porque de forma ambigua indica que se llegó a verificar que el golpe fue manotazo y no un golpe de puño; a cuyo efecto, invoca el Auto Supremo 53/2012 de 22 de marzo.
2) El Auto de Vista recurrido no contestó todos los puntos apelados al haber efectuado conceptualizaciones evasivas, advirtiendo que justifica su ambiguo fallo efectuando conceptos ajenos como de “derrames” y otros, es decir no se motiva racionalmente, menos existe conexión de conceptos que indiquen cuál es el objeto de un concepto determinado; en ese sentido, menciona que tampoco se motivó adecuadamente sus agravios referidos a la valoración defectuosa de la prueba, existiendo incongruencia entre los argumentos de valoración, error en la identificación del dolo y la culpa del tipo penal, errónea aplicación de la ley sustantiva y la falta de fundamentación de la Sentencia, en contradicción con los Autos Supremos 45/2012 de 14 de marzo, 181/2013 de 28 de mayo y 117/2006 de 20 de abril
- Por memoriales presentados el 26 de octubre y 15 de noviembre de 2016, cursantes de
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 1) El recurrente luego de efectuar una relación de los antecedentes de la causa y
- 2) El Auto de Vista recurrido no contestó todos los puntos apelados al haber efectuado
- 3) Indica también que el Auto de Vista impugnado no explica racionalmente el delito de
- II.2. Recurso de casación del imputado Mario Alberto Suarez Lopez
- 1) El recurrente arguye que el Tribunal de alzada incurrió en errores de juicio vicios
- Añade que inclusive en el Auto de complementación se indica que los 500 días multa
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que los recurrentes cumplieron con el requisito temporal
- IV.1. Del recurso de casación de Ernesto Tito Rico Arteaga
- IV.2. Del recurso de casación de Mario Alberto Suarez Lopez
- En relación al primer motivo, el recurrente en síntesis reclama que el Tribunal de alzada
- En cuanto al segundo motivo, el recurrente denuncia que las multas, carecen de fundamentación y
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
