Auto Supremo AS/0200/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2017-RA

Fecha: 20-Mar-2017

Regístrese, hágase saber y devuélvase


Asimismo, se debe tener en cuenta que en ambos motivos el recurrente denuncia la vulneración del derecho a la justicia y el principio de razón suficiente respectivamente, sin que haya provisto los antecedentes de hecho generador, tampoco precisó y menos detalló en qué consistía esta posible restricción del derecho y principio; tampoco explicó el resultado dañoso emergente del defecto; adicionalmente respecto a la denuncia de falta de fundamentación en el Auto de Vista sobre las multas impuestas, se observa que el recurrente tampoco identificó punto por punto los errores, omisiones y demás deficiencias, atribuidas a la Resolución recurrida, con la debida motivación y fundamentación; ni explicó la relevancia e incidencia de esa omisión, para que este Tribunal verifique si efectivamente se produjo el agravio denunciado; en consecuencia, se tratan de denuncias genéricas, con argumentos generales y confusos; por consiguiente, se establece que el recurrente, tampoco cumplió a cabalidad con los presupuestos de flexibilización establecidos por este Tribunal y explicados en la última parte del acápite anterior de este Auto Supremo, lo que imposibilita la admisión del recurso.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLES los recursos de casación interpuestos por Ernesto Tito Rico Arteaga y Mario Alberto Suarez López de fs. 1041 a 1045, 1047, 1061 a 1063 vta.

Regístrese, hágase saber y devuélvase