Auto Supremo AS/0207/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Asimismo, además de no identificar los fundamentos expuestos por el imputado para realizar el análisis


Asimismo, además de no identificar los fundamentos expuestos por el imputado para realizar el análisis del defecto de sentencia previsto por el inc. 6) del art. 370 del CPP, tampoco explica el Tribunal de apelación, de qué manera el Juez de Sentencia incurrió en defectuosa valoración de la prueba, y sobre que pruebas recayó dicho defecto, que reglas de la sana crítica fueron incumplidos o inobservados por el Juez de mérito que derivaron en esa defectuosa valoración probatoria, por lo que su conclusión en sentido de que la Sentencia incurrió en los defectos previstos por los incs. 5) y 6) del art. 370 del CPP, es arbitraria al no dar las razones suficientes que justifiquen su conclusión y vulnera el art. 124 del de la norma Adjetiva Penal y el debido proceso, por falta de fundamentación