En su argumento, tampoco hace un análisis de la fundamentación jurídica, a efecto de determinar
En su argumento, tampoco hace un análisis de la fundamentación jurídica, a efecto de determinar qué elementos del tipo penal de Cheque en Descubierto faltaría en la labor de subsunción realizada por el Juez de Sentencia
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 39/2014 de 3 de diciembre (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 820/2016-RA de 21 de octubre,
- 1)La parte recurrente aduce que los Vocales realizaron una fundamentación sin dar cumplimiento a lo
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 820/2016-RA de 21 de octubre, de fs
- Por otro lado, no da lugar a la solicitud de nulidad de obrados por incumplimiento
- La referida Resolución fue objeto de apelación incidental interpuesto por el imputado Marco Antonio Moruno
- II.2. De la Sentencia
- Por Sentencia 39/2014 de 3 de diciembre, el Juez Segundo de Sentencia de Cercado del
- En el inc
- Por extender ha de entenderse poner por escrito un documento, en este caso extender un
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista
- b)A mayor abundamiento, pese a determinar el Tribunal de apelación la existencia del referido defecto
- III.1. Análisis del caso concreto
- En cuanto a la presunta falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado a tiempo
- En el caso de autos, empezaremos resolviendo el segundo motivo de casación, por tratarse de
- En casación, el recurrente denunció que el Tribunal de apelación incurrió en falta de fundamentación
- Al respecto, de lo transcrito en el inc
- De los argumentos expuestos por el Tribunal de apelación, y de la revisión del Auto
- De lo redactado, es evidente que los fundamentos del Tribunal de apelación no cumplen con
- Evidenciándose falta de fundamentación en el Auto de Vista, pues el Tribunal de apelación no
- Ahora bien, el art
- En el caso concreto, el Tribunal de apelación al disponer la nulidad de la Sentencia
- Nótese que, en el argumento usado por el Tribunal de apelación, en sentido de que
- Como se ve, el Tribunal de apelación, no explica de manera fundamentada por qué la
- De igual manera, el Tribunal de apelación se limita a referir que la falta de
- En cuanto a la falta de fundamentación del Auto de Vista, a tiempo de anular
- En el primer motivo de casación el recurrente funda su recurso, en la supuesta falta
- De lo expuesto en el acápite II
- De lo expuesto, se evidencia que el Tribunal de apelación en primera instancia identifica el
- Asimismo, además de no identificar los fundamentos expuestos por el imputado para realizar el análisis
- Finalmente, a tiempo de determinar que falta elementos del tipo penal previsto por el art
- En su argumento, tampoco hace un análisis de la fundamentación jurídica, a efecto de determinar
- Evidenciándose las denuncias efectuadas por la parte impugnante, pues el Tribunal de apelación incurrió en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
