Auto Supremo AS/0208/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

II.2. Del recurso de apelación restringida


A tiempo de dejar constancia de la valoración probatoria (fs. 298 vta.), el Tribunal de mérito entre otros aspecto, señaló que conforme al punto I del art. 14 del D.S. 27328, la entidad podría solicitar, cuando corresponda, la renovación de las garantías, que en el caso de autos existiría la garantía presentada por el imputado, con vigencia desde el 17 de agosto del 2006 al 10 de octubre del 2006, disposición que no había sufrido cambios fundamentales a través de los Decretos Supremos 29190 de 11 de julio de 2007 y 181 de 28 de junio de 2009, por lo que no existiría a decir del A quo, daño económico al Estado imputable al acusado, pues la renovación y exigencia de la misma, tendría que realizarse por la institución pública.

II.2. Del recurso de apelación restringida